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Barriga y Polizzi: ¿por qué pueden vender contenido erótico pese a mantener arresto domiciliario?

Ambas fueron imputadas por delitos económicos y ahora sacan cuentas alegres tras debutar en plataformas para adultos.

24horas.cl

Martes 15 de octubre de 2024

Controversia generó el debut de Cathy Barriga en la plataforma de contenido para adultos Onfayer, mientras cumple desde enero con la medida cautelar de arresto domiciliario tras ser acusada de defraudar $30 mil millones en la Municipalidad de Maipú

Y es que en menos de 48 horas, la exalcaldesa recaudó más de 10 millones de pesos tras conseguir cientos de seguidores que están dispuestos a pagar los 25 dólares mensuales que cuesta la suscripción a su perfil en la mencionada plataforma. 

Sin embargo, Cathy Barriga no es la única figura mediática que enfrenta un juicio por delitos económicos y malversación de recursos públicos y que ahora saca cuentas alegres vendiendo contenido erótico pese a mantener una medida cautelar.

Camila Polizzi, quien también se mantiene con arresto domiciliario total desde el 2023 luego de ser formalizada por estafa, lavado de activos, falsificación de documento oficial y usurpación de identidad, ahora gana millones de pesos mensualmente gracias a la plataforma Arsmate. 

¿Por qué pueden vender contenido erótico pese a mantener una medida cautelar?

Christian Becker, director de Becker Abogados, explicó a 24 Horas que "el arresto domiciliario es una restricción física".

"Eso significa que la persona que tiene esta medida no salga del domicilio que indicó el tribunal. ¿Puede trabajar online? La respuesta es sí, porque esta sanción del arresto domiciliario fue diseñado antes del trabajo por internet", aclaró. 

Proyecto busca evitar lucro a personas con arresto domiciliario

A raíz del caso de Cathy Barriga y Camila Polizzi, el Partido Demócratas presentó un proyecto de ley que busca evitar que personas con arresto domiciliario puedan lucrar a través de redes sociales o plataformas para adultos. 

Concretamente, la iniciativa pretende "modificar la ley N°18.216 con el objeto de evitar que los imputados sujetos a la cautelar de reclusión parcial domiciliaria puedan utilizar libremente las redes sociales con el fin de beneficiarse económicamente o afectar el desarrollo de la investigación penal". 

Entre los argumentos que expuso la bancada está que otros imputados en prisión preventiva o bien condenados que están cumpliendo penas en la cárcel, no pueden tener esta misma posibilidad que sí aprovechan quienes se encuentran bajo medidas cautelares de menor intensidad.

"La figura del arresto domiciliario se distorsiona toda vez que permite a los imputados que se benefician de ella del desarrollo de actividades remuneradas, las cuales en las mismas circunstancias y no habiéndose concedido la cautelar alternativa, no tendría procedencia alguna y significa incluso, en algunos casos, la comisión de nuevos ilícitos penales", sostienen.