Un fallo histórico a favor del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) entregó este viernes la jueza del Tercer Juzgado Civil de Santiago, Soledad Araneda.
Esto luego que acogiera las sanciones demandadas por el organismo contra la Sociedad Marín Limitada, controladora del motel Marín 014, al presentar una acción de no discriminatoria, acogiéndose a la llamada Ley Zamudio.
La demanda fue presentada el pasado 30 de julio por las estudiantes Carla de La Fuente y Pamela Zapata, apoyadas por el Movilh, luego que se les impidiera el ingreso al motel debido a su orientación sexual.
"Este es un fallo histórico (...) sienta un precedente inédito para que a ninguna personas se le niegue un servicio o producto en razón de su orientación sexual o la identidad de género. Estamos felices porque se ha alcanzado justicia para estas jóvenes y porque esto sin duda alentara a más personas a formular denuncias por discriminación", dijo el presidente del Movilh, Rolando Jiménez.
El fallo indica que la empresa deberá pagar una multa de 50 UTM y "en lo sucesivo, no podrá prohibir, ni restringir el ingreso de parejas homosexuales basada en la orientación sexual".
Así, se aplican las sanciones más altas consideradas en la Ley Zamudio.
"Estamos emocionadas, felices porque se hizo justicia. No sólo por nosotras, sino por todas las parejas de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales que desde hoy pueden sentirseamparadas por la Ley Zamudio frente a actos de discriminación", declararon las jóvenes sobre la resolución.